Primera Sentencia Judicial en España dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona , amparada en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Union Europea, sobre el Derecho denominado » del olvido « que viene amparado por la Ley de Protección de Datos.
Para los buscadores como Google, Yahoo, Terra corren peligro de que les lluevan demandas de protección del honor y de la persona, por mantener durante años información y datos que no son de relevancia publica o social, y que el interesado ha pedido que sean eliminados o borrados.
La importancia radica en derivar a los procesos civiles la reclamación de indemnizaciones por los directamente afectados en las sanciones administrativas que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) impone a Google por estos hechos.
Evidentemente no puede ser en ningún caso “absoluto” y debe conjugarse con la libertad de expresión. El fallo del Tribunal de la UE reconoce el derecho de los ciudadanos a pedir a un buscador que borre los enlaces a información personal que ya no es pertinente, aunque sea cierta y pública. El interesado debe presentar su solicitud al motor de búsqueda, que debe examinar si es fundada analizando el equilibrio entre el derecho a la información y el de privacidad. Cuando el responsable del tratamiento no acceda a lo solicitado, el afectado podrá acudir a la agencia de protección de datos o a los tribunales.
C. DIAZ & SONEIRA. ABOGADOS