DIVORCIO EXPRESS
En el año 2005 aparece una modificación en nuestro código civil y la ley de enjuiciamiento civil, que simplifica diversos trámites de la separación matrimonial, introduciendo la ley 15/2005 una simple voluntad de una de las partes para divorciarse, sin más requisitos complejos.
Los requisitos que establece la ley, son mínimos:
1.- Que hayan transcurrido tres meses entre que se celebró el matrimonio y la solicitud de divorcio. Salvo casos extremos de riesgo para la vida, o la integridad física o moral.
2.- Que se acompaña a la demanda un propuesta de convenio regulador , recogiendo como mínimo una propuesta de guarda y custodia para los hijos.
3.- Que se acompañe los siguientes documentos: propuesta de convenio, partida de matrimonio, partida de nacimiento de los hijos y acreditación del domicilio conyugal.
En cualquiera de los casos, es preceptivo actuar con abogado, tanto si es en el Juzgado como si es ante notario.
En cuanto al tiempo de tramitación, se reducen muchos los plazos al no tener que dar traslado a las partes para contestar y oponerse en su caso, y tampoco es necesario la celebración de prueba, ni informes periciales.
Desde despacho C.DIAZ & SONEIRA. ABOGADOS estamos muy sensibilizados con los temas familiares, y especializados no solo en la tramitación del proceso sino en el acompañamiento personal del mismo.
Hemos editado una infografía a modo de Decálogo, para simplificar de forma visual que hacer en esta situación.