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Nueva Obligación para los Despidos Disciplinarios: El Derecho del Trabajador a Ser Escuchado

El Tribunal Supremo, en su reciente Sentencia 1250/2024, ha establecido un nuevo criterio en materia de despidos disciplinarios en España. A partir de ahora, todo trabajador tiene derecho a presentar alegaciones antes de que el despido sea efectivo.

Este cambio responde a la aplicación directa del artículo 7 del Convenio nº 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual establece que un trabajador no puede ser despedido sin tener la oportunidad de defenderse previamente.

A continuación, analizamos el impacto de esta sentencia y las implicaciones jurídicas para empresas y trabajadores.


¿Qué establece la nueva sentencia del Tribunal Supremo sobre los Despidos Disciplinarios?

El Tribunal Supremo ha introducido un nuevo criterio que obliga a los empresarios a conceder un trámite de audiencia previa antes de ejecutar un despido disciplinario.

🔹 Principales puntos de la Sentencia 1250/2024:

Obligación de audiencia previa: Antes de despedir a un trabajador por razones disciplinarias, la empresa debe informarle de los motivos y concederle la posibilidad de defenderse.

Plazo para presentar alegaciones: El trabajador debe disponer de dos a tres días para exponer su versión y aportar pruebas en su defensa.

Excepciones: En casos excepcionales (como faltas muy graves que pongan en riesgo la actividad empresarial o la seguridad), la empresa podrá prescindir de este trámite, pero deberá justificarlo adecuadamente.

Posibilidad de permiso retribuido: Para evitar conflictos en el entorno laboral durante el trámite de audiencia, la empresa puede conceder un permiso retribuido al trabajador hasta que se resuelva su situación.


Fundamento jurídico: Convenio 158 de la OIT y su aplicación en España

El Convenio 158 de la OIT, ratificado por España, establece en su artículo 7 que:

«No deberá darse por terminado el empleo de un trabajador por motivos relacionados con su conducta o desempeño antes de ofrecerle la posibilidad de defenderse de las acusaciones formuladas contra él.»

Hasta la fecha, esta norma no se aplicaba de forma estricta en España, ya que la legislación nacional no contemplaba expresamente la obligación de audiencia previa en los despidos disciplinarios. Sin embargo, con esta nueva sentencia, el Tribunal Supremo ha corregido esta laguna y ha impuesto su aplicación directa en el ordenamiento jurídico español.

Este cambio supone una mayor garantía para los trabajadores y obliga a las empresas a ajustar sus protocolos de despido.


Implicaciones para las empresas: ¿Qué deben hacer los empleadores?

Con esta nueva obligación, las empresas deben adaptar sus procesos internos para cumplir con la normativa y evitar que un despido pueda ser declarado nulo o improcedente.

✔️ Revisión de los procedimientos de despido: Es necesario implementar un sistema formal de notificación previa al trabajador antes de la extinción del contrato.

✔️ Documentación del proceso: Para evitar impugnaciones, las empresas deben dejar constancia escrita de la comunicación al trabajador y de su oportunidad para alegar.

✔️ Evaluación de riesgos en despidos inmediatos: En situaciones donde no se conceda audiencia previa, la empresa deberá justificarlo de manera detallada para evitar problemas legales.

✔️ Formación para departamentos de RRHH: Es recomendable actualizar los protocolos de gestión laboral y formar a los responsables de recursos humanos en esta nueva normativa.


Consecuencias legales de no respetar esta obligación

Si una empresa despide a un trabajador sin concederle el derecho a defenderse previamente, el despido puede ser impugnado ante los tribunales y podría ser declarado:

🔹 Nulo → Si se considera que la empresa ha vulnerado derechos fundamentales del trabajador. En este caso, la empresa deberá readmitir al trabajador y abonar los salarios dejados de percibir.

🔹 Improcedente → Si el tribunal determina que no se ha respetado el procedimiento, pero sin vulneración de derechos fundamentales. La empresa deberá indemnizar al trabajador o readmitirlo.

Este nuevo criterio refuerza la seguridad jurídica en los despidos, pero también impone mayores exigencias procesales para las empresas.


Un paso hacia un despido más garantista

La Sentencia 1250/2024 del Tribunal Supremo supone un avance en la protección de los derechos laborales y refuerza el principio de seguridad jurídica en los despidos disciplinarios.

🔹 Para los trabajadores, este cambio representa una garantía adicional, asegurando que podrán presentar su versión de los hechos antes de perder su empleo.
🔹 Para las empresas, supone un reto organizativo, obligando a adaptar los procedimientos de despido a este nuevo criterio para evitar futuras reclamaciones.

En C. Díaz & Soneira Abogados, contamos con un equipo especializado en derecho laboral que puede asesorar tanto a trabajadores que deseen impugnar un despido como a empresas que necesiten ajustar sus procedimientos a la normativa vigente.

📩 Si tienes dudas sobre cómo te afecta esta nueva sentencia, ponte en contacto con nosotros.

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🔹 Despidos disciplinarios, derechos laborales, asesoramiento legal. En C. Díaz & Soneira, te ayudamos.

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CB
5 Febrero 2026
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La atención personalizada y el trato tan cercano han sido estupendos. El trabajo que ha realizado con el resultado obtenido indica una gran experiencia y profesionalidad. Recomendación 100%
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Roberto
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Acudí al despacho de abogados de soneira por la reclamación de gastos de hipoteca, y no solo me han ganado el juicio por los gastos de hipoteca al banco también han anulado cláusulas indebidas que había en la escritura , recomiendo este despacho de abogados por su buen hacer y su buen conocimiento

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muchas gracias por el comentario. seguiremos trabajando y mejorando.
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Edgardo R
2 Octubre 2025
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Llevo un par de años trabajando con cierta intensidad con D. Carlos Díaz. Buscaba un profesional serio y solvente que conociera los recursos legales para defender mis intereses con eficacia: lo he conseguido. Pero además, encontré un hombre cordial, próximo y solidario en lo emocional que hace las cosas más fáciles y llevaderas. Gracias. Rafael Vicente.

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Loli I
19 Septiembre 2025
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Volveré a confiar en su excelente trato y cercanía!!!!
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Alfonso G
18 Septiembre 2025
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Muy agradecido con Carlos Díaz Soneira por su profesionalidad y cercanía. Recomendable 100%
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M. C
26 Agosto 2025
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Grandes profesionales. Los recomiendo 100%.

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MINERVA J
11 Julio 2025
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Mi experiencia en varios departamentos con ellos es muy buena En trato, gestión, rapidez, eficacia. Todo de 🔟

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Gracias Minerva por valorar nuestro trabajo. Un saludo.
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Marga A
11 Julio 2025
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Me llevaron hace unos meses un tema legal y no puedo estar más contenta , un equipo de abogad@s estupendo que te asesoran y acompañan en todo momento, facilitándote cada paso a seguir. Encantada con el buen trabajo y Servicio que ofrecen , 100% recomendable. Y aparte del estupendo equipo jurídico cabe destacar la gran labor de su equipo administrativo , en particular una chica que se llama Alba , es un auténtico encanto y muy competente.
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Juan H
11 Octubre 2024
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Súper profesional, rápido, económico, resolutivo, accesible. Hacía tiempo que no daba con un abogado tan eficaz. Un 10 sobre diez. Mejor imposible
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Emiliano R
25 Septiembre 2024
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son los mejores puedes confiar en ellos. porque seguro que te solucionan, el problema que tengas
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