PLAZO RECLAMAR GASTOS BANCARIOS

¿ Que plazo tienen los consumidores para reclamar la nulidad de los gastos bancarios y la devolución de los importes pagados de mas ?

La consecuencia que el art. 83.1 TRLGDCU anuda a la declaración de abusividad es que la cláusula afectada es nula y no produce efectos. Y la declaración de nulidad es la de pleno derecho o absoluta, y no la relativa o anulabilidad sujeta a plazo de caducidad, lo que determina que no esté sujeta al plazo de caducidad del art. 1.301 CCiv.

La acción , por tanto , ES IMPRESCRIPTIBLE, es decir que no esta sujeta  a ningún plazo.

Es imprescriptible, y en consecuencia, no se somete a plazo.

No hay, por tanto, plazo alguno que computar, ni desde la STS de 23 de diciembre de 2015, ni aunque el contrato de préstamo con garantía hipotecaria esté consumado y agotado, por haber finalizado todas las prestaciones recíprocas de las partes.

Es irrelevante que se escinda el acto de documentación, inscripción o hecho imponible del contrato de préstamo en fase de cumplimiento: el plazo  no prescribe ni caduca.

Es indiferente si la hipoteca esta en vigor, o se ha terminado de pagar, incluso si se ha cancelado registralmente.

 

C. DIAZ & SONEIR. ABOGADOS

 

 

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