La situación medica afectan a nuestras vacaciones en determinadas situaciones. Determinadas cuestiones son importantes analizar, ya que la normativa no recoge expresamente, y hay que estudiar cada caso en concreto para determinar si es compatible las vacaciones y la prestación.
Es muy importante para evitar controversias de futuro solicitar autorización del facultativo que nos esté tratando.
Por otro lado, la LGSS en su art.157 permite que pueda dar lugar a perdida de la prestación o subsidio e los siguientes casos:
- Incumplimiento de las recomendaciones médicas.
- Abandonar el tratamiento o no acudir a consultas/revisiones programadas, por el hecho del viaje, conlleva la pérdida de la prestación.
En cuanto a lo que puede hacer la empresa, esta puede sancionar, llegando incluso al despido por trasgresión de la buena fe contractual.
Otra cuestión que nos podemos encontrar es si durante las vacaciones, tengo que pedir la baja médica. En teoría no debemos tener ningún problema, e incluso las vacaciones no disfrutadas, se guardaría conforme establece e el art. 38.3 del ET.
Al igual que la baja médica, si estoy cobrando paro, también puedo irme de vacaciones, aunque sigo estando obligado a la búsqueda activa de empleo, a participar en cursos de formación, y por tanto habrá que prevenir estas situaciones.
Adjunto una tabla explicativa de las posibilidades y consecuencias, de los viajes, cuando se está cobrando el desempleo.
C. DIAZ & SONEIRA. ABOGADOS.