El Tribunal Supremo, en su reciente Sentencia 1250/2024, ha establecido un nuevo criterio en materia de despidos disciplinarios en España. A partir de ahora, todo trabajador tiene derecho a presentar alegaciones antes de que el despido sea efectivo.
Este cambio responde a la aplicación directa del artículo 7 del Convenio nº 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual establece que un trabajador no puede ser despedido sin tener la oportunidad de defenderse previamente.
A continuación, analizamos el impacto de esta sentencia y las implicaciones jurídicas para empresas y trabajadores.
¿Qué establece la nueva sentencia del Tribunal Supremo sobre los Despidos Disciplinarios?
El Tribunal Supremo ha introducido un nuevo criterio que obliga a los empresarios a conceder un trámite de audiencia previa antes de ejecutar un despido disciplinario.
🔹 Principales puntos de la Sentencia 1250/2024:
Obligación de audiencia previa: Antes de despedir a un trabajador por razones disciplinarias, la empresa debe informarle de los motivos y concederle la posibilidad de defenderse.
Plazo para presentar alegaciones: El trabajador debe disponer de dos a tres días para exponer su versión y aportar pruebas en su defensa.
Excepciones: En casos excepcionales (como faltas muy graves que pongan en riesgo la actividad empresarial o la seguridad), la empresa podrá prescindir de este trámite, pero deberá justificarlo adecuadamente.
Posibilidad de permiso retribuido: Para evitar conflictos en el entorno laboral durante el trámite de audiencia, la empresa puede conceder un permiso retribuido al trabajador hasta que se resuelva su situación.
Fundamento jurídico: Convenio 158 de la OIT y su aplicación en España
El Convenio 158 de la OIT, ratificado por España, establece en su artículo 7 que:
«No deberá darse por terminado el empleo de un trabajador por motivos relacionados con su conducta o desempeño antes de ofrecerle la posibilidad de defenderse de las acusaciones formuladas contra él.»
Hasta la fecha, esta norma no se aplicaba de forma estricta en España, ya que la legislación nacional no contemplaba expresamente la obligación de audiencia previa en los despidos disciplinarios. Sin embargo, con esta nueva sentencia, el Tribunal Supremo ha corregido esta laguna y ha impuesto su aplicación directa en el ordenamiento jurídico español.
Este cambio supone una mayor garantía para los trabajadores y obliga a las empresas a ajustar sus protocolos de despido.
Implicaciones para las empresas: ¿Qué deben hacer los empleadores?
Con esta nueva obligación, las empresas deben adaptar sus procesos internos para cumplir con la normativa y evitar que un despido pueda ser declarado nulo o improcedente.
✔️ Revisión de los procedimientos de despido: Es necesario implementar un sistema formal de notificación previa al trabajador antes de la extinción del contrato.
✔️ Documentación del proceso: Para evitar impugnaciones, las empresas deben dejar constancia escrita de la comunicación al trabajador y de su oportunidad para alegar.
✔️ Evaluación de riesgos en despidos inmediatos: En situaciones donde no se conceda audiencia previa, la empresa deberá justificarlo de manera detallada para evitar problemas legales.
✔️ Formación para departamentos de RRHH: Es recomendable actualizar los protocolos de gestión laboral y formar a los responsables de recursos humanos en esta nueva normativa.
Consecuencias legales de no respetar esta obligación
Si una empresa despide a un trabajador sin concederle el derecho a defenderse previamente, el despido puede ser impugnado ante los tribunales y podría ser declarado:
🔹 Nulo → Si se considera que la empresa ha vulnerado derechos fundamentales del trabajador. En este caso, la empresa deberá readmitir al trabajador y abonar los salarios dejados de percibir.
🔹 Improcedente → Si el tribunal determina que no se ha respetado el procedimiento, pero sin vulneración de derechos fundamentales. La empresa deberá indemnizar al trabajador o readmitirlo.
Este nuevo criterio refuerza la seguridad jurídica en los despidos, pero también impone mayores exigencias procesales para las empresas.
Un paso hacia un despido más garantista
La Sentencia 1250/2024 del Tribunal Supremo supone un avance en la protección de los derechos laborales y refuerza el principio de seguridad jurídica en los despidos disciplinarios.
🔹 Para los trabajadores, este cambio representa una garantía adicional, asegurando que podrán presentar su versión de los hechos antes de perder su empleo.
🔹 Para las empresas, supone un reto organizativo, obligando a adaptar los procedimientos de despido a este nuevo criterio para evitar futuras reclamaciones.
En C. Díaz & Soneira Abogados, contamos con un equipo especializado en derecho laboral que puede asesorar tanto a trabajadores que deseen impugnar un despido como a empresas que necesiten ajustar sus procedimientos a la normativa vigente.
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